La descripción más simple de lo que se entiende por factura electrónica viene dada por su propio nombre: Es una factura que existe electrónicamente y que cumple, en todas las situaciones y ante todos los actores, los mismos propósitos que una factura en papel, tanto para los emisores y receptores, como para terceros interesados. Sin embargo, vale la pena acotar que existe un elemento diferenciador muy importante: Tiene peso legal y validez fiscal gracias al uso de la firma electrónica.
Dicho de otra forma, es un documento que registra operaciones comerciales de una entidad en forma electrónica, cumpliendo los principios de autenticidad, integridad y legibilidad en todas las situaciones que aplique y ante todos los actores del proceso, en los ámbitos comercial, civil, financiero, logístico y, ciertamente, tributario.
La característica de ser electrónica añade algunas condiciones propias de la digitalización de documentos. Entre estas, que los documentos pueden ser almacenados y transmitidos por medios electrónicos, que no existen diferencias entre originales y copias, ya que son idénticas, y que existe un conjunto de reglas y procesos definidos que permiten interpretar esa estructura de datos como la documentación de una transacción.
Existe tantos diferentes modelos de facturas electrónicas, como países que las utilizan, pero en general, y al igual que las hechas en papel, incluyen cierta información:
Adicional de la firma digital con certificados cualificados que le confieren la misma validez legal. Este modelo de transacción permite que los documentos tributarios puedan ser generados, enviados y administrados por los contribuyentes en forma electrónica mediante una plataforma segura basada en certificados electrónicos, firma digital y encriptación de datos.
Además de la factura propiamente dicha, existen otros instrumentos electrónicos, como lo son, las facturas exentas, las guías de despacho, las notas de crédito, de débito y liquidación de las facturas electrónicas.
Antecedentes del Sistema de Facturación en República Dominicana.
La Dirección General de Impuestos Internos ha implementado iniciativas dirigidas a la creación de un sistema de facturación, a fin de incrementar la competitividad y eficiencia del mercado, mejorar los procesos de la administración y promover el cumplimiento tributario voluntario.
Sin embargo, los avances tecnológicos que se han desarrollado en las últimas décadas continúan cambiando la gestión de los gobiernos alrededor del mundo, por lo que, en su compromiso con la eficiencia, la Administración Tributaria Dominicana se mantiene a la vanguardia con los nuevos tiempos.
Durante el segundo trimestre del año 2019 e inicios del año 2020 fueron dictadas, respectivamente, la Norma General 05-2019 Sobre Tipos de Comprobantes Fiscales Especiales, que introduce el comprobante fiscal electrónico (e-CF) y la Norma General 01-2020 que regula la emisión y el uso de los Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF) en el proceso de Facturación Electrónica, estableciendo así el marco legal que sustenta esta modalidad de facturación.
Facturación Electrónica en Latinoamérica
A partir del año 2019 República Dominicana forma parte de los países latinoamericanos que han implementado el modelo de Facturación Electrónica. Esta modalidad de facturación ha sido probada con éxito en la mayoría de los países latinoamericanos, demostrando que dinamiza la economía, la transparencia de las transacciones comerciales y moderniza la Administración Tributaria, facilitando al contribuyente el cumplimiento tributario.
La experiencia de los países que utilizan factura electrónica ha demostrado que su uso aventaja a las empresas que la utilizan; fomenta una sociedad justa con un ambiente de negocios más saludable, aportando a la formalización de la economía y la transparencia fiscal, al mismo tiempo que contribuye a mejorar el cuidado del medio ambiente.
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